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Miércoles, Mayo 28, 2014
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Naturaleza del caso

Acción de protección de garantías constitucionales por la inobservancia de las exigencias de protección ambiental.  Obligación de adoptar medidas para resguardar al medio ambiente en caso de riesgo presentado por actividades de desarrollo. Relación entre contaminación y el derecho a la vida, a la salud, a la conservación del ambiente y preservación de la naturaleza.

Aplicación de la decisión y resultados

El Proyecto Pascua Lama continua suspendido después de un año de haberse resuelto el caso y se estima que el reinicio de operaciones puede durar mucho más.  Barrick ha publicado en una portal dedicado a este proyecto que espera terminar el sistema de manejo de agua a finales del 2014 y así poder procesar los minerales extraídos a mediados del 2016.

Accionistas de Barrick presentaron una acción de clase en Canadá en abril 2014, contra la Empresa y sus principales ejecutivos, argumentando que han perdido cientos de millones de dólares debido a fallas del Proyecto Pascua Lama y porque Barrick no informó sobre los problemas.   

Las comunidades Indígenas Diaguitas también recurrieron en paralelo al Tribunal Ambiental (nueva judicatura especializada en Chile) en contra de la sanción administrativa aplicada al Proyecto por parte del organismo sancionador, la Superintendencia del Medio Ambiente.  Este organizmo  aplicó una sanción de alrededor de diecises millones de dólares y paralizó administrativamente el Proyecto hasta que se cumplan determinadas medidas de protección ambiental.  En este caso se logro la anulación de dicha decisión lo que implica la reanudación del proceso sancionador, el cual aún se encuentra pendiente.

Relevancia del caso

Desde sus orígenes, el proyecto  Pascua-Lama ha sido altamente controversial debido a las preocupaciones que surgen sobre el impacto ambiental y derechos humanos del proyecto.   La resolución de la Corte Suprema que confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones es relevante porque paraliza por primera vez un proyecto en construcción con una inversión de más de cinco mil millones de dólares, hasta que se cumplan con ciertos requisitos para prevenir contaminación del agua y otras violaciones de derechos humanos. Es relevante que la Corte de Apelaciones basa su decisión en el incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental, y  la “amenaza” que este incumpliendo representa para el medio ambiente y la salud de las personas, sin que vea la necesidad de que se compruebe la existencia actual de contaminantes.

La Corte adopta una visión amplia del ambiente y reconoce el hecho de que la afectación va más allá de una comunidad concreta e incluye a generaciones futuras estableciendo la necesidad de velar por el desarrollo sustentable.

La corte también reconoce la indivisibilidad entre la vida, la salud y la preservación de la naturaleza.  

La paralización del proyecto ha provocado pérdidas importantes para la Empresa y esto a su vez problemas con accionistas, sentando precedentes sobre la importancia de dar cumplimiento total a los ordenamientos ambientales.   

Grupos involucrados en el caso

Comunidades y personas indígenas Diaguitas del Valle del Huasco