Significance of the Case
Este caso es importante por su aporte normativo hacia una mejor comprensión de qué constituye el derecho a la educación, específicamente, bajo la Constitución del Estado de Nueva York, y cómo podemos entender el componente de “aceptabilidad” del derecho a la educación en general (según se presenta en la Observación General Nro. 13 del CESCR). Asimismo, este caso ilustra el hecho de que cuando el gobierno no toma medidas para reparar violaciones constitucionales determinadas por un tribunal, se le puede solicitar al tribunal que formule órdenes de mayor alcance con grandes implicaciones presupuestarias.
Este caso también se debe destacar porque, al “enumerar habilidades específicas que necesitan los alumnos para desarrollar vidas activas en lo político y productivas en lo económico”, la decisión dispone estándares que superan el “contenido mínimo” del derecho a la educación exigido bajo el derecho internacional humanitario. Esto coincide con nuevos estándares internacionales tales como la definición de las “necesidades básicas de aprendizaje” adoptadas por la Declaración Mundial sobre la Educación para Todos. (Cathy Albisa & Jessica Shultz, United States, en Social Rights Jurisprudence, Cambridge University Press, 2008, p. 243)
Asimismo, este caso reunió a una coalición de grupos de defensa de la educación, organizaciones de padres y consejos de escuelas comunales que luchan por fondos más equitativos para las escuelas de la ciudad de Nueva York. Queda claro que una victoria legal no siempre es sinónimo de “éxito”, pero puede tener un efecto multiplicador invaluable para el trabajo actual de incidencia y los litigios relacionados.
(Actualizado en agosto de 2015)