Summary
Una mujer con discapacidad mental, madre de tres hijos, buscó la revocación de una orden de desalojo del hogar familiar obtenida por su ex marido. Al procesar la orden de desalojo, el juez vio que el marido era el propietario registrado de la propiedad y la ex esposa y los hijos la ocupaban a pesar de que él había retirado su consentimiento. El juez reconoció la discapacidad de la mujer, pero sostuvo que tenía una vivienda adecuada alternativa a su disposición, porque podía volver a vivir con sus familiares (lo que ella negó). El juez no consideró dónde vivirían los hijos tras el desalojo.
La mujer argumentó que la orden de desalojo violaba sus derechos bajo el artículo 26 de la Constitución de Sudáfrica, el derecho a la vivienda y el derecho al proceso debido en caso de desalojo. También reclamó que el juez debió considerar el hecho de que el marido le debía a su esposa una casa como pago de dote obligatorio (“mahr”) bajo el derecho musulmán.
Los artículos 4(6) y 4(7)a de la Ley de Prevención de Desalojos Ilegales y Ocupación Ilegal de Tierras (Prevention of Illegal Eviction from and Unlawful Occupation of Land Act, PIE) de 1998 requieren que el tribunal solo otorgue una orden de desalojo tras considerar “todas las circunstancias relevantes, incluyendo los derechos y necesidades de los ancianos, niños, personas discapacitadas y hogares encabezados por mujeres”. La jurisprudencia sumó otro factor que debía ser considerado bajo el artículo 4(6) o 4(7): la disponibilidad de tierra/vivienda alternativa. Al revocar la orden de desalojo, el Alto Tribunal reafirmó la importancia de considerar estos factores y sostuvo que los tribunales tienen la obligación afirmativa de investigar los hechos relacionados con dichos factores. El tribunal sostuvo que el juez debió haber considerado los derechos de los niños, la mujer discapacitada y el hecho de que se trataba de un hogar encabezado por una mujer, así como si existía una vivienda alternativa adecuada.
El Alto Tribunal también se refirió a cómo el desalojo de los niños por parte de su padre podría violar los derechos constitucionales de los hijos, incluyendo el derecho a la vivienda (art. 28(1)(c)), el derecho al cuidado de los padres (art. 28(1)(b)) y a ser protegidos contra la negligencia, el abuso o la degradación ( art. 28(1)(d)). El padre había violado estos derechos al tratar de desalojarlos sin considerar si existía una vivienda alternativa.