Brown c. Plata 131 S. Ct. 1910 (2011)

Demanda colectiva contra la grave superpoblación de las cárceles de California presentada bajo la Ley de Reforma de Litigios Penitenciarios (Prison Litigation Reform Act, PLRA) de 1995. La demanda sostenía que la superpoblación y los problemas resultantes en la asistencia médica que recibían los reclusos violaban la prohibición de los castigos crueles e inusuales establecida en la 8ª enmienda a la Constitución de los EEUU.

Fecha de la decisión: 
23 Mayo 2011
Foro: 
Corte Suprema de los Estados Unidos
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

En este caso se unieron dos demandas colectivas presentadas bajo la Ley de Reforma de Litigios Penitenciarios de 1995 (PLRA), la cual permite que los reclusos inicien acciones judiciales por violaciones de derechos constitucionales. Las cárceles de California fueron diseñadas para albergar a unos 80.000 presos, pero a la fecha de la presentación el sistema tenía aproximadamente 156.000 reclusos. En ambas demandas se sostenía que la superpoblación constituía una violación de la 8ª enmienda de la Constitución debido a la grave falta de acceso a asistencia médica y en un caso se hacía específicamente referencia a reclusos con graves enfermedades mentales. Como el estado no aportaba soluciones adecuadas, se formó un tribunal federal de tres jueces para ordenar reducciones en la población carcelaria.

En 2009, tras una amplia investigación, el tribunal ordenó a California reducir la población carcelaria al 137,5% de su capacidad de diseño en un plazo de dos años (aproximadamente 32.000 presos). California apeló ante la Corte Suprema aduciendo que el tribunal federal especial se había equivocado al concluir que la superpoblación era la causa primaria de la violación de la 8ª enmienda, y que el estado necesitaba más tiempo y flexibilidad para encontrar soluciones antes de que se ordene una reducción tan drástica.

La Corte Suprema confirmó la decisión del tribunal inferior, concluyendo que estaba claramente probada la relación entre la superpoblación, las graves deficiencias de la atención médica y la 8ª enmienda. La decisión consideraba cómo durante años la asistencia médica y de salud mental provista por las cárceles de California no habían satisfecho las necesidades básicas de salud de los reclusos, lo que había causado sufrimientos y muertes innecesarias. Se afirmó que el límite poblacional ordenado por el tribunal era necesario para remediar la violación de los derechos constitucionales de los reclusos.

En nombre de la mayoría, el juez Kennedy afirmó que la omisión de California de proveer asistencia médica básica era “incompatible con el concepto de dignidad humana y no tiene lugar en una sociedad civilizada”.

La Suprema Corte también sostuvo que el tribunal federal especial le daba “peso sustancial” a cualquier impacto adverso de la orden sobre la seguridad pública y había considerado con sumo cuidado la prueba pericial que indicaba que reducciones similares efectuadas en otros estados no habían tenido un efecto adverso importante sobre la seguridad pública.

Teniendo en cuenta reparaciones anteriores fallidas y la gravedad de la violación, la Corte Suprema no estaba convencida de que el estado solo necesitaba más tiempo para poner a prueba sus propias soluciones.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Respecto del cumplimiento de la sentencia, el juez Kennedy destacó que la reducción de la población no solo debía lograrse liberando anticipadamente a los reclusos. Otros medios podían incluir construir nuevas instalaciones, transferir reclusos a otros estados y utilizar instalaciones de condados. Varias semanas después de la sentencia de la Corte Suprema, California aprobó la ley AB 109 como respuesta, con la cual asignó 5 mil millones de dólares a un programa de “realineamiento”. Bajo la estrategia de realineamiento del estado, las cárceles estatales continuarán recibiendo a quienes cometan delitos graves, violentos o sexuales, mientras que los condados deberán hacerse cargo de quienes cometan delitos de menor nivel. Hasta 30.000 reclusos pudieron ser transferidos de cárceles estatales a cárceles de condados en un plazo de tres años. La superpoblación de las cárceles de California ya se ha reducido, lo que facilita el suministro de asistencia médica y la implementación de otros programas para los reclusos. (Entrevista por correo electrónico con Don Specter, director ejecutivo de Prison Law Office y abogado de la parte apelada en Brown c. Plata, 26 de junio de 2015)

Conforme a la orden del tribunal, los funcionarios del estado de California tenían dos años para cumplirla. La orden de la Corte Suprema estableció que, aunque el estado no había solicitado una extensión del plazo definido por dicho tribunal, este tenía la autoridad y la responsabilidad de modificar su orden según fuera necesario para ejercer su discreción razonable. De hecho, en el segundo trimestre de 2014, el tribunal especial aceptó la solicitud de California de que se prolongue por dos años el plazo para reducir completamente la superpoblación de las cárceles hasta alcanzar el 137,5% exigido por la Corte Suprema.

Grupos relacionados en el caso: 

The Prison Law Office (bufete de abogados de interés público sin fines de lucro), Rosen Bien Galvan and Grunfeld LLP (bufete de abogados)

Significado del caso: 

El caso es importante por el alcance de la orden estructural (una orden judicial empleada para obligar a instituciones públicas a cumplir con requisitos constitucionales). Tanto la mayoría como el voto en disenso reconocieron que la orden prácticamente no tenía precedentes y podía llegar a ampliar la capacidad del sistema judicial para imponer remedios estructurales amplios. La corte concluyó que la obligación judicial de hacer cumplir los derechos constitucionales puede requerir que un tribunal de forma a un remedio que se entrometa en el área de la administración pública y efectúe un cambio sistémico cuando una violación está arraigada y es difícil de remediar. Según un comentario, el alcance de la orden podría superar todas las órdenes que la Corte ha expedido en toda su historia.

Para los defensores de los derechos de los reclusos, el caso también es importante por el peso del lenguaje que utilizó Kennedy al referirse a la dignidad humana.

Asimismo, vale la pena destacar este caso porque está considerado muy valioso tanto por su mensaje legal como político. A través de su decisión la Corte abrió un espacio político para la reforma carcelaria al llamar la atención sobre la desastrosa situación de las cárceles de California. Sin embargo, aunque este caso constituye un paso importante hacia la realización de los derechos humanos de los presos, no es probable que solo esta decisión baste para mejorar de manera efectiva las condiciones horrorosas que soportan los reclusos. En la decisión, Kennedy sostuvo que “las violaciones constitucionales bajo condiciones de reclusión rara vez son susceptibles de solucionarse en forma simple o directa. Además de la superpoblación, la omisión de las cárceles de California de proporcionar asistencia médica y de salud mental adecuada puede atribuirse a deficiencias presupuestarias crónicas y crecientes, la falta de voluntad política a favor de una reforma, instalaciones inadecuadas y fallas administrativas sistémicas”. Esto apunta a la necesidad de un movimiento político amplio que promueva la tan necesaria reforma carcelaria. Vale destacar, a los efectos de destacar dicha necesidad de un movimiento político, que este caso también ilustra los límites de la autoridad del poder judicial para llegar a la raíz del problema: el uso excesivo de las penas de privación de libertad. California tuvo la opción de resolver el problema de superpoblación aumentando la capacidad del sistema carcelario y, en parte, lo hizo, al alquilar espacio de empresas privadas, construir unidades nuevas sobre terrenos existentes y trasladar las penas de privación de libertad de diversos delitos a cárceles de condados. Sin embargo, en realidad, el estado también aumentó los créditos por buena conducta, amplió las posibilidades de acceder a la libertad condicional y aprobó por iniciativa una ley que transformó numerosos delitos relacionados con drogas de delitos graves a delitos menores, lo que hace que los infractores no reciban penas de privación de libertad. (Entrevista por correo electrónico con Don Specter, director ejecutivo de Prison Law Office y abogado de la parte apelada en Brown c. Plata, 26 de junio de 2015) 

(Actualizado en junio de 2015)