Summary
El 27 de septiembre de 2016, la Corte Penal Internacional (CPI), en una decisión unánime, declaró culpable más allá de cualquier duda razonable a Ahmad Al Mahdi, presunto extremista islamista, como coperpetrador de un crimen de guerra conforme al art. 8(2)(e)(iv) del Estatuto de Roma, teniendo en cuenta que Al Mahdi había dirigido intencionalmente ataques contra diez de los sitios de patrimonio cultural más importantes de Tombuctú, Mali, en junio y julio de 2012. Este crimen de guerra prohíbe dirigir intencionalmente “ataques contra edificios dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales y otros lugares donde se agrupa a enfermos y heridos, a condición de que no sean objetivos militares”. Estos ataques estuvieron relacionados con un conflicto armado no internacional que tuvo lugar en el territorio de Mali y la posterior ocupación de Tombuctú por parte de los grupos armados Al-Qaeda en el Magreb Islámico y Ansar Dine. La investigación de los hechos determinó que todos los sitios estaban dedicados a monumentos religiosos e históricos y no eran objetivos militares.
Al evaluar la gravedad del delito, la Cámara de Primera Instancia VIII de la CPI (la Cámara) consideró que los sitios culturales blanco de los ataques no solo eran edificios religiosos sino que tenían un gran valor simbólico y emocional para los habitantes de Tombuctú. Los mausoleos de santos y las mezquitas de Tombuctú destruidos en los ataques eran parte integral de la vida religiosa de sus habitantes y constituían un patrimonio común de la comunidad. La Cámara también destacó el testimonio de P-431 (un experto maliense en asuntos culturales), quien testificó que destruir los mausoleos, que tenían un gran significado para el pueblo de Tombuctú, era una actividad de guerra destinada a quebrar el estado de ánimo de dicho pueblo. Asimismo, todos los sitios (excepto uno) eran sitios declarados por la UNESCO como parte del patrimonio cultural de la humanidad. En consecuencia, la Cámara consideró que los ataques contra tales sitios eran de particular gravedad, dado que su destrucción no solo afectaba a las víctimas directas de los crímenes, sino, también, a todo el pueblo de Mail y la comunidad internacional.
El juicio de Al Mahdi tuvo lugar del 22 al 24 de agosto de 2016, período durante el cual el acusado reconoció su culpa de manera informada y voluntaria. Mencionando algunos factores atenuantes, la Cámara sentenció a Al Mahdi a nueve años de prisión.