Francisco S. Tatad c. The Secretary of the Department of Energy and the Secretary of the Department of Finance, G.R. No. 124360

Petición para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de la República 8180, que desreguló la industria petrolera de Filipinas. El caso se refiere a una amplia gama de temas, incluyendo la prohibición de monopolios y el alcance de la autoridad judicial.

Fecha de la decisión: 
3 Dic 1997
Foro: 
Corte Suprema de las Filipinas
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Un grupo de legisladores filipinos presentó este caso para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de la República 8180, conocida como la Ley de Desregulación de la Industria Petrolera Aguas Abajo de 1996, concretamente, de sus artículos 5(b), 6 y 9(b).

Los peticionantes sostuvieron que las tres mayores compañías petroleras (Petron, Shell y Caltex) producían y procesaban productos casi idénticos que vendían al público general a precios idénticos. Cuando una empresa subía o bajaba los precios, las otras dos hacían lo mismo casi simultáneamente y en la misma medida. Las tres petroleras podían, entre otras cosas, determinar los precios del gas debido a que la Ley de la República 8180, la Ley de Desregulación Petrolera, eliminaba los controles gubernamentales sobre la industria del petróleo aguas abajo.

La Corte Suprema concluyó que la Ley 8180 permitía que las tres petroleras formaran efectivamente un monopolio o cartel en la industria petrolera. Asimismo, tres disposiciones específicas de la ley (sobre diferencias en tarifas, almacenamiento de existencias y precios predatorios) tendían a obstruir el ingreso y la competitividad de nuevos actores. Destacando la importancia central de la electricidad en la vida de la población, la Corte sostuvo que los precios más elevados del petróleo facilitados por la Ley 8180 “amenazan con multiplicar la cantidad de mendigos y de personas con la espalda doblada”. Considerando la totalidad de los temas en juego en el caso, la Corte concluyó que la Ley 8180 violaba la prohibición constitucional de los monopolios y combinaciones que restringen el comercio, concretamente, el artículo XII, sección 19, de la Constitución de 1997, el cual dispone que “[e]l estado deberá regular o prohibir los monopolios cuando el interés público así lo requiera. No se permitirá la competencia desleal ni ninguna combinación que restrinja el comercio”.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Respecto del cumplimiento, la Corte sostuvo que las disposiciones violatorias de la legislación permeaban su esencia de tal manera que era necesario revocar toda la ley. Tras la sentencia el gobierno presentó una moción de reconsideración de la decisión, pero esta fue rechazada por la Corte por falta de mérito. Para contrarrestar la decisión de Tatad que declaraba inconstitucional la Ley 8180, Filipinas aprobó la Ley de la República Nro. 8479 (“Ley 8479”), conocida como la Ley de Desregulación de la Industria Petrolera Aguas Abajo de 1998, el 10 de febrero de ese año. La nueva legislación omitía los artículos violatorios de la Ley 8180. La constitucionalidad de esta ley también fue cuestionada, pero sin éxito; los tribunales mostraron una marca deferencia por la legislatura afirmando que “…la disposición cuestionada es una decisión política del Congreso y la adecuación de tal disposición está fuera de la competencia del presente tribunal”.

Grupos relacionados en el caso: 

Free Legal Assistance Group (FLAG)

Significado del caso: 

La sentencia de Tatad es un ejemplo de un litigio socioeconómico centrado en procesos asociados con privatizaciones (Malcolm Langford ed., Social Rights Jurisprudence, 2008, p. 19). Esto es particularmente importante teniendo en cuenta las tendencias globales actuales hacia la privatización. El caso se considera un juicio histórico respecto del incipiente movimiento antimonopolista de Filipinas.

Otro aspecto destacable de la sentencia de Tatad es el claro reconocimiento del papel del poder judicial en la protección de los derechos políticos y económicos de la población de Filipinas como se demuestra en la observación de la Corte de que no podía “eludir su obligación de eliminar una ley que ofende la Constitución”, incluso cuando tal ley fuera producto de una decisión de la legislatura en el ámbito económico. Sin embargo, decisiones posteriores han demostrado el impacto que puede tener la doctrina de la separación de poderes sobre los casos que tratan sobre políticas económicas y sociales.

(Actualizado en agosto de 2015)