Summary
El Alto Tribunal emitió una orden que permitía el desalojo de 50 familias que ocupaban ilegalmente tierras privadas y requería a la municipalidad proporcionar a los ocupantes tierras alternativas. Sin embargo, bajo esta orden el desalojo podía iniciarse aunque la municipalidad todavía no hubiera proporcionado las tierras alternativas a los ocupantes, en cuyo caso quedarían sin techo. Las 50 familias apelaron la orden argumentando que no exigir que la ciudad proporcione tierras alternativas con anterioridad al desalojo no era justo ni equitativo bajo el artículo 4 (6) de la Ley de Prevención de Desalojos Ilegales y Ocupación Ilegal de Viviendas y Tierras nro. 19 de 1998 (Prevention of Illegal Eviction from, and Unlawful Occupation of, Land Housing Act, conocida como Ley PIE), y violaba el artículo 26(3) de la Constitución de Sudáfrica, el cual prohíbe realizar desalojos sin considerar todas las circunstancias pertinentes.
La Corte Constitucional sostuvo que, aunque el derecho de un propietario a su propiedad es importante, no es absoluto cuando se tiene en cuenta si un desalojo propuesto es justo y equitativo. Se debe contraponer tal derecho a los derechos constitucionales de los ocupantes para evitar un desalojo hasta que un tribunal haya considerado adecuadamente sus circunstancias. La Corte concluyó que se puede solicitar que el propietario tenga una cierta paciencia antes de obtener una orden de desalojo de ocupantes ilegales cuando el desalojo puede causar consecuencias que no sean justas y equitativas para los ocupantes. En otras palabras, sostuvo que el derecho a la propiedad del propietario puede restringirse en forma temporaria para evitar tales consecuencias. La Corte concluyó que el propietario no había demostrado que tuviera un propósito o uso urgente para las tierras y ello era relevante para determinar cuánto tiempo podía esperar antes de tomar posesión de las tierras.
La Corte decidió que la posibilidad de que los ocupantes, bajo la orden del Alto Tribunal, fueran desalojados y quedaran sin techo antes de que la ciudad tuviera un tiempo razonable para proporcionarles tierras alternativas no era ni justo ni equitativo. Para remediar el problema constitucional de la orden, la Corte exigió establecer una relación entre la fecha del desalojo y el plazo en el que la ciudad debía proporcionar tierras alternativas para los ocupantes. La nueva orden requirió que la ciudad proporcionara tierras a los ocupantes un mes antes de su desalojo, reduciendo la posibilidad de que quedaran sin techo.