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Viernes, Febrero 12, 2016
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Naturaleza del caso

Esta decisión de la Corte Constitucional se refiere a si una municipalidad podía desalojar a residentes sin orden judicial cuando los residentes debían ser desalojados temporariamente por razones de seguridad y no habían podido volver a sus residencias transcurrido un año.

Aplicación de la decisión y resultados

La Corte Constitucional descartó la orden del Alto Tribunal y declaró que los residentes tenían derecho a retornar a sus hogares lo antes posible. Ordenó a las partes reunirse para determinar cómo tendría lugar la restauración e informar al Alto Tribunal. El pago de las tasas judiciales quedó a cargo de los peticionantes.

Relevancia del caso

La Corte Constitucional sostuvo que una municipalidad no puede usar pretextos para remover a residentes de sus hogares y que el artículo 26(3) de la Constitución exige, bajo toda circunstancia, que se emita una orden judicial cuando residentes deban ser desalojados de sus hogares; el desalojo no puede ocurrir como consecuencia de otras circunstancias sin orden judicial.

(Actualizado en agosto de 2015)