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Martes, Septiembre 26, 2017
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Naturaleza del caso

Este caso se refiere a la capacidad de mujeres casadas en régimen de comunidad de bienes de registrar propiedades en forma conjunta en su propio nombre y el de su marido. Al decidir sobre este caso, la Corte Suprema de Suazilandia confirmó los derechos fundamentales a la igualdad consagrados en la Constitución.

Aplicación de la decisión y resultados

En julio de 2011, el Parlamento aprobó una versión actualizada de la Ley que permitía que las mujeres registren propiedades a su propio nombre, incluyendo mujeres casadas bajo el régimen de comunidad de bienes. Asimismo, ninguno de los cónyuges puede comerciar con bienes inmuebles o derechos legales relacionados con bienes u otras propiedades sin el consentimiento escrito del otro cónyuge. En octubre de 2011, Zwelethu Mnisi, embajador de Suazilandia ante Naciones Unidas, lo reiteró en su declaración ante el Tercer Comité del 66º período de sesiones de la Asamblea General de la ONU sobre el avance de la mujer. Hasta la fecha, el gobierno ha cumplido con la legislación.

Relevancia del caso

Esta histórica decisión fue celebrada ampliamente por las mujeres de Suazilandia y de toda la región como un avance significativo de la protección de los derechos a la propiedad de la mujer y la promoción de la igualdad de género, y por ser la primera vez en que la Constitución de Suazilandia de 2005 era utilizada como base para proteger los derechos de la mujer. La victoria de Aphane demuestra el compromiso de la Corte con los principios de igualdad establecidos tanto en la Constitución como en los instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Suazilandia es parte. También es importante señalar que los funcionarios del Estado y del gobierno estaban de acuerdo con Aphane en que el artículo 16(3) no era compatible con los principios de igualdad establecidos en los artículos 20 y 28 de la Constitución. Sin embargo, la decisión no se refirió realmente a la doctrina del derecho consuetudinario de la potestad marital, la cual era el fundamento del artículo inconstitucional de Ley.

La sentencia resulta particularmente pertinente en la actualidad, siendo que las mujeres en todo el mundo todavía son propietarias de menos del 20 por ciento de la tierra. En África, mientras que el 31 por ciento de los hombres son propietarios individuales de tierras, solo el 12 por ciento de las mujeres está en la misma situación. Haciéndose eco del reconocimiento internacional de la importancia clave de los derechos de la mujer a la tierra y la propiedad, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica, en un informe de julio de 2017, destaca que “[l]a protección de los derechos a la tierra de la mujer tiene efectos multiplicadores poderosos y continuos que representan un gran paso hacia la realización de la igualdad de género y numerosos ODS críticos y derechos humanos”.

*Esta imagen no está directamente relacionada con estos dos casos pero sí con el trabajo de la Asamblea de Mujeres Rurales de Suazilandia, una organización que trabaja por los derechos de las mujeres y el desarrollo en Suazilandia