Naturaleza del caso
El Tribunal de Distrito de La Haya sostuvo que una enmienda a la Ley sobre la estructura de organización de ejecución del trabajo y los ingresos que autorizaba el uso del Sistema de Indicación de Riesgos (SyRi) violaba el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la privacidad, esbozadas en los párrafos 1 y 2 del artículo 8, exigían que el tribunal equilibrara los intereses del Gobierno de los Países Bajos con la invasión de la privacidad de las personas derivada del uso del SyRi, y el tribunal consideró que los intereses del Gobierno no eran lo suficientemente importantes como para justificar la violación del derecho a la privacidad personal. El tribunal ordenó al gobierno que cesara de usar el SyRi.