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Miércoles, Diciembre 8, 2021
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Nature of the Case

Un tribunal de la Seguridad Social declara que el desplazamiento a pie de un empleado a su oficina hogareña es asegurable en caso de accidente.

Summary

El demandante era un gerente de ventas de zona. Trabajaba desde una oficina dentro de su hogar, totalmente equipada, que había sido subvencionada por su empleador y estaba ubicada en el tercer piso de su casa. El 17 de septiembre de 2018, sufrió una caída alrededor de las 7 de la mañana mientras se dirigía desde su habitación directamente a su oficina, donde tenía la intención de comenzar a trabajar. Resbaló en las escaleras entre el cuarto y el tercer piso, y sufrió una rotura de la duodécima vértebra. Presentó una reclamación al seguro de accidentes laborales que le fue denegada. Lo impugnó ante el tribunal de primera instancia, que determinó que la caída que sufrió el demandante fue un accidente laboral y que su desplazamiento hasta la oficina de su casa era un trayecto de trabajo; por tanto, el accidente era asegurable. Su empleador apeló y el tribunal de apelación desestimó la demanda. El tribunal de apelación sostuvo que el camino del demandante no era un trayecto al trabajo ni estaba protegido por el seguro, y que la protección comenzaría como muy pronto al cruzar la puerta de salida del domicilio. En revisión, el BSG revocó y concedió beneficios para revisar y finalmente se puso de parte del demandante.

El BSG citó la Ley de Modernización de las Empresas (Betriebsrätemodernisierungsgesetz) del 14 de junio de 2021, que regulaba el trabajo realizado en el domicilio. En virtud de la Ley, el demandante estaba autorizado a realizar su trabajo asegurado en casa. El BSG sostuvo que la Ley se aplicaba con carácter retroactivo, por lo que la instalación de la oficina en casa del demandante estaba sujeta a la protección del seguro legal de accidentes. El BSG también determinó que las circunstancias de la caída del demandante constituían un accidente. La legislación alemana limita los accidentes a los sucesos externos que afectan al cuerpo y provocan consecuencias negativas para la salud o la muerte. En un accidente laboral, la realización del trabajo debe haber causado el suceso externo. Dado que el desplazamiento directo y continuo del demandante hasta su lugar de trabajo en el que se cayó se consideró “trabajo”, la caída fue un accidente laboral. Por lo tanto, el demandante tenía derecho a que se declarara que su accidente fue un accidente laboral cubierto por el seguro de trabajo.

Además, el BSG explicó que había una diferencia entre un accidente de trayecto al trabajo y un accidente laboral. El BSG coincidió con el Tribunal de Apelación en que la cobertura de un accidente de trayecto al trabajo comienza cuando el empleado sale de su domicilio. No obstante, el accidente seguía estando cubierto porque el desplazamiento del demandante a su oficina hogareña se realizó con el único propósito de iniciar su jornada laboral. Más que un “trayecto al trabajo”, el BSG sostuvo que el viaje a la oficina hogareña era más parecido a un “viaje de trabajo”, que equivalía a trabajo para la empresa según la ley. Estos viajes de trabajo no se limitan a las instalaciones de la empresa, sino que también pueden producirse fuera de ellas.  El desplazamiento desde la habitación del demandante hasta la oficina se realizó en interés directo de la empresa. Sobre esta base, el demandante tenía derecho a solicitar la cobertura del seguro.

Por último, el BSG explicó que el factor decisivo en su determinación era la “tendencia a una acción objetivada” del asegurado a tener la intención de realizar una actividad útil para la empresa. El hecho de que un viaje se realice como “viaje de trabajo en interés de la empresa” y, por tanto, sea asegurable, se determina en primer lugar por la intención del empleado. El empleado debe haber tenido la intención de realizar una actividad útil para la empresa mientras realizaba la actividad que provocó el accidente.  En segundo lugar, la intención debe confirmarse por las circunstancias objetivas del caso concreto.  Al evaluar un caso de este tipo, quien juzga los hechos debe tener en cuenta todas las circunstancias circundantes y qué caminos dentro del hogar tomó el empleado con qué intención en el momento del incidente.  En este caso, fue significativo que el accidente del demandante ocurriera mientras caminaba desde su habitación directamente a su oficina en casa, sin detenerse en la cocina para preparar el desayuno o el café. También era significativo que su empleador hubiera subvencionado su despacho en casa, circunstancia que el BSG tuvo en cuenta al determinar que el accidente era un accidente de trabajo asegurable.  Para casos futuros, este criterio de “tendencia a una acción objetivada” es el que pueden utilizar los tribunales para decidir si la actividad de un empleado en la oficina de su casa constituye una “actividad laboral” en beneficio del empleador y, por tanto, asegurable.

Enforcement of the Decision and Outcomes

Este caso respondió afirmativamente a la pregunta de si los accidentes en oficinas hogareñas podían estar cubiertos por el seguro obligatorio de accidentes. A diferencia de las compañías de seguros privadas, el seguro obligatorio de accidentes no paga primas, sino que asume los costes del tratamiento o paga una pensión si el accidente provoca daños permanentes. En este caso no se abordaron las reclamaciones concretas del demandante ni su posible indemnización. Gracias a esta decisión del BSG, los futuros demandantes que sufran lesiones similares mientras trabajan desde casa podrán contar ahora con el seguro obligatorio de accidentes para sufragar los gastos de tratamiento y pensión.

Significance of the Case

Este caso es una victoria para los derechos de los empleados en un mundo cada vez más digitalizado, donde cada vez más personas trabajan desde su casa. Aunque los hechos del caso son anteriores a la pandemia del COVID-19, el precedente que sentó el BSG permitirá que cada vez más trabajadores que trabajan desde su casa disfruten de los beneficios concedidos a los trabajadores en entornos de oficina tradicionales.

Agradecemos especialmente las aportaciones del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.