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Viernes, Enero 27, 2023
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Naturaleza del caso

El caso se refería a una pareja que había convivido durante más de 20 años pero que no estaba casada. Tras el fin de la convivencia, MNK desalojó a POM de la vivienda y trató de hacer valer su parte de los bienes adquiridos durante la relación de cohabitación basándose en la Ley de Bienes de la Mujer Casada (MWPA, actualmente derogada).  La corte sostuvo que, aunque hubo una larga cohabitación, la presunción de matrimonio no se aplicaba a este caso porque era necesario un nuevo régimen jurídico.  Consideró que, en su lugar, eran aplicables las leyes ordinarias que rigen los derechos de propiedad y que podían utilizarse una serie de parámetros para determinar el reparto de bienes por partes. La corte ordenó al poder legislativo que formulara y promulgara una ley para aclarar los derechos de las parejas de hecho en una relación de larga duración.

Aplicación de la decisión y resultados

En cuanto a las partes, la corte sostuvo que el bien objeto de la demanda debía dividirse en función de la contribución financiera directa a la adquisición de la propiedad, así como de las contribuciones no monetarias realizadas a la propiedad, como el mantenimiento o la mejora de la propiedad. A POM se le concedió el 30 % del producto de la venta, mientras que a MNK se le concedió el 70 % del producto de la venta.

El caso también incluyó una directiva de la Corte Suprema para que el parlamento diseñara un nuevo estatuto que abordara la doctrina de la “presunción de matrimonio” y aclarara cómo proteger los derechos e intereses de las partes y las familias en parejas de larga duración que no equivalen a un matrimonio. Hasta la fecha está en curso la petición de la corte al parlamento en colaboración con el fiscal general. ISLA y otros han argumentado que la Corte Suprema debería haber establecido directrices para el nuevo marco legislativo.

Relevancia del caso

La decisión es importante para quienes viven en relaciones de larga duración con parejas que no están casadas, y para sus derechos y obligaciones al final de dicha relación. Al distinguir entre la presunción de matrimonio y la convivencia de larga duración, la Corte Suprema sostuvo que existe una profunda necesidad de formular y promulgar leyes que aborden las desigualdades que se producen durante la disolución de una pareja.  La corte reconoció que cada vez es más frecuente que dos adultos convivan durante largos periodos sin desear ni tener la intención de contraer matrimonio, y que la consecuencia de ello es que esas “uniones formadas como una familia” deben ser reconocidas y protegidas por la ley.

Agradecemos especialmente las aportaciones del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.