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Naturaleza del caso

Dos mujeres que habían sido detenidas por un hospital de maternidad público por no haber pagado las facturas del parto demandaron al gobierno y al hospital aduciendo violaciones de sus derechos (y los derechos de sus hijos) constitucionales y bajo diversos instrumentos de derechos humanos regionales e internacionales. Ambas autoras habían buscado originalmente clínicas con precios asequibles debido a los costos, pero habían sido derivadas inesperadamente al Hospital de Maternidad de Pumwani, donde dieron a luz, pero que cobraba precios mucho más elevados que los que ellas podían pagar. Como consecuencia, habían sido detenidas.

Aplicación de la decisión y resultados

El tribunal ordenó al gobierno de Kenia tomar las medidas necesarias para aprobar leyes y políticas destinadas a proteger a los pacientes contra detenciones arbitrarias en instalaciones sanitarias. También emitió una directiva para el gobierno de ese país y el Hospital de Maternidad de Pumwani, ordenándoles desarrollar reglas y procedimientos claros para implementar el sistema de exención de pago en todos los hospitales públicos y tomar todas las medidas políticas, legislativas y administrativas necesarias para erradicar la práctica de detener pacientes que no puedan pagar las cuentas por servicios sanitarios. El tribunal también otorgó a Awuor una indemnización por 1,5 millones de Ksh y a Oliele, por 500.000 Ksh, así como el pago de las costas de ambas.

Relevancia del caso

En Kenia, las complicaciones relacionadas con embarazos conducen a la muerte de aproximadamente 8.000 mujeres al año. A pesar de que el gobierno del país prometió prestar servicios de maternidad gratis, sigue habiendo problemas con cargos a usuarios y malos servicios, en particular para mujeres en situación de pobreza. Este caso enfatiza la obligación del gobierno de cumplir el derecho a los servicios de salud reproductiva, incluso frente a limitaciones de recursos. También envía un claro mensaje respecto de que el gobierno tiene la obligación de asegurar que el personal sanitario no discrimine ni maltrate a los pacientes indigentes. De hecho, este caso fue el precedente del caso J.M. vs. procurador general, en el que en 2018 el tribunal también vio violaciones del derecho a la salud y del derecho a la dignidad y la libertad del trato cruel, inhumano y degradante.

Agradecemos especialmente las aportaciones del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.