Melani y otros c. Ciudad de Johanesburgo y otros (02752/2014) [2016] ZAGPJHC 55

Alto Tribunal de Sudáfrica afirma obligación del Estado de adecuar (upgrade) asentamiento informal

Aproximadamente 10.000 residentes del asentamiento informal Slovo Park cuestionaron la omisión de la Ciudad de Johanesburgo (Ciudad) de solicitarle al Gobierno Provincial de Gauteng fondos para adecuar Slovo Park conforme al Programa de Adecuación (Upgrading) de Asentamientos Informales (UISP).  El Alto Tribunal sostuvo que dicha omisión era irrazonable y violaba los derechos de los residentes a una acción administrativa justa, lo que atentaba contra la obligación constitucional de la Ciudad de realizar los derechos de los residentes al acceso a una vivienda adecuada, su obligación de cumplir con la Ley Nacional de Vivienda y el Código Nacional de Vivienda, y décadas de promesas de mejorar la zona.

Fecha de la decisión: 
22 Mar 2016
Foro: 
Alto Tribunal
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Durante más de 20 años, la Ciudad de Johanesburgo prometió a los residentes que adecuaría (would upgrade) Slovo Park respecto de la falta de electricidad, agua potable, cloacas, retiro de basura y calles demarcadas, y la propensión a los incendios fatales de viviendas precarias.  Debido a la falta de acción de la Ciudad, los residentes desarrollaron sus propios planes de modernización de acuerdo con el Programa de Adecuación (Upgrading) de Asentamientos Informales (UISP) contenido en el Código Nacional de Vivienda.  A pesar de los esfuerzos de los residentes para lograr que la Ciudad implemente los planes, la Ciudad no respondió.  En consecuencia, con la representación del Socio-Economic Rights Institute of South Africa (SERI), los residentes demandaron a la Ciudad para que remedie su omisión de solicitar fondos para la adecuación conforme al UISP, o, alternativamente, para obligar a la Ciudad a adecuar Slovo Park.

Al oponerse a la demanda, la Ciudad sostuvo que había tomado la decisión política de mudar a los residentes que cumplieran con los requisitos a Unaville, un lugar a 11 kilómetros de distancia de instalaciones básicas, servicios sociales, comercios básicos y oportunidades de trabajo. Argumentó que tal decisión no podía ser objeto de la revisión del tribunal por ser una decisión política en la que la ciudad ejercía su autoridad ejecutiva, la cual no podía ser impugnada por los residentes.

Rechazando el argumento de la Ciudad sobre la imposibilidad de revisión, el Tribunal sostuvo que la decisión de reubicar a los residentes en lugar de desarrollar el asentamiento involucraba implementar la política existente. Como tal, la Ciudad estaba desempeñando su función administrativa, la cual está sujeta a revisión judicial.  Aunque la Ciudad sostuvo que no era posible desarrollar Slovo Park porque las tierras eran dolomíticas, aceptó que el desarrollo era posible para por lo menos 482 hogares.  En consecuencia, el Tribunal sostuvo que al ignorar la opción de adecuar la Ciudad omitía ilegalmente implementar el UISP, un marco político y legislativo vinculante.  Dicha omisión no solo era irrazonable, sino que violaba los derechos de los residentes a una acción administrativa justa y a acceder a una vivienda adecuada conforme al artículo 26(1) de la Constitución.  Asimismo, el Tribunal sostuvo que su decisión de solo reubicar a los residentes que cumplían con los requisitos era «irrazonable y no inclusiva». Esta decisión irrazonable también violaba la jurisprudencia establecida sobre la necesidad de un «compromiso constructivo» en casos relacionados con el derecho a la vivienda.  Además, bajo el Código de Vivienda, la reubicación es el último recurso y se opondría a la expectativa legítima y de larga data de los residentes de que Slovo Park sería adecuado.

El Tribunal dejó de lado la omisión de la Ciudad de decidir solicitar los fondos para la adecuación; ordenó a la Ciudad presentar tal solicitud en un plazo de tres meses; ordenó al Miembro de Gauteng del Consejo Ejecutivo de Asentamientos Informales considerar el informe y comunicarse pasados tres meses después de recibir la solicitud sobre las medidas adoptadas bajo el UISP; ordenó a los demás acusados informar dentro de cuatro meses sobre sus medidas destinadas a cumplir con la orden. El Tribunal también ordenó a la Ciudad pagar las costas legales.

 
 
 
Ejecución de la decisión y los resultados: 

En 2016, la Ciudad inicialmente apeló la decisión del alto tribunal, pero luego retiró su apelación. La Ciudad procedió a presentar un plan de negocios ante el gobierno provincial en julio de 2016 para construir 399 viviendas en Slovo Park, sin incluir ningún plan sobre cómo ubicar a los demás 3335 hogares del asentamiento. Slovo Park Community Development Forum rechazó la primera solicitud de la Ciudad argumentando que no cumplía con el UISP. La Ciudad no aplicaba su decisión de adecuar el asentamiento in situ con el mínimo de molestias y la comunidad no había participado. Los residentes interpelaron a la Ciudad y al Consejo Ejecutivo Municipal (MEC) sobre los déficits de la solicitud. En 2017, se formó un equipo de trabajo con representantes de múltiples interesados, incluyendo a líderes de la comunidad, académicos, abogados y funcionarios del gobierno local, provincial y nacional. El objetivo del equipo de trabajo era guiar la implementación de la orden judicial y el UISP en Slovo Park. Durante todo 2017, la Ciudad realizó una encuesta socioeconómica y estudios geotécnicos básicos en Slovo Park. A mediados de 2018 se instalaron líneas eléctricas en el asentamiento. En octubre de 2019, la Ciudad reformuló su solicitud de fondos consultando estrechamente con los líderes de la comunidad de Slovo Park miembros del equipo de trabajo y presentó ante el MEC el plan de negocios para adecuar Slovo Park.

 
Significado del caso: 

Este caso es una victoria importante en la lucha que lleva 20 años por la realización del derecho a una vivienda adecuada de los residentes de Slovo Park. También tiene consecuencias que podrían tener gran importancia para otros asentamientos informales.  Al sostener que el UISP es vinculante respecto de las municipalidades y que la adecuación, en lugar de la reubicación, es el primer curso de acción, el Tribunal les impone a las municipalidades la obligación de utilizar el UISP y de trabajar con los residentes de asentamientos informales para adecuar sus viviendas.

Agradecemos especialmente el aporte del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.