Summary
Crispín Hernández –un trabajador agrícola que fue despedido tras organizar debates sobre las condiciones de trabajo— y dos organizaciones de defensa de los derechos laborales, el Centro de Trabajadores del Centro de Nueva York (“WCCNY”) y el Centro de Justicia Laboral de Nueva York (“WJCNY”), presentaron una demanda contra el gobernador y el Estado de Nueva York alegando que la exclusión de los trabajadores agrícolas de la Ley de Relaciones Laborales del Estado (“SERA”) era inconstitucional. Los demandantes argumentaron que la exclusión de los trabajadores agrícolas de la SERA violaba varias disposiciones de la Constitución de Nueva York, incluido el derecho del artículo I, §17, de los empleados a sindicarse y negociar colectivamente a través de representantes de su propia elección. Cuando los demandados estatales anunciaron que no tenían intención de defender la constitucionalidad de la exclusión de los trabajadores agrícolas, la New York Farm Bureau, una organización de incidencia agrícola compuesta principalmente por empresarios agrícolas, intervino como demandada. Alegaron que el artículo I, §17, se adoptó poco después de la SERA y que, por lo tanto, debía interpretarse utilizando la restringida definición de empleado de la SERA, que excluye a los trabajadores agrícolas.
El Tribunal destacó la importancia de adoptar una interpretación clara que se ajuste a la intención de los legisladores. La elección de utilizar la definición amplia de “empleados” en el artículo I, §17, en lugar de adoptar expresamente la definición de la SERA, indicó al Tribunal que los legisladores pretendían incluir a los trabajadores agrícolas en el derecho constitucional a organizarse y negociar colectivamente. Los demandados argumentaron además que incluso si se determina que los trabajadores agrícolas son empleados en virtud del artículo I, §17, el derecho a sindicarse y negociar colectivamente no es un derecho fundamental. El Tribunal no estuvo de acuerdo y consideró que la enumeración expresa del derecho en la Carta de Derechos es una señal de que el derecho es de naturaleza fundamental. Como derecho fundamental, la exclusión de los trabajadores agrícolas del marco de la SERA debe superar un análisis de escrutinio estricto. Al considerar que la exclusión de los trabajadores agrícolas no se ajustaba a un interés estatal imperioso, el Tribunal consideró que la exclusión era inconstitucional.