Naturaleza del caso
El Tribunal Superior de Kenia dictaminó que las mujeres que viven con el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) tienen igualdad de derechos en materia de salud reproductiva en virtud de la Constitución y las leyes kenianas, y que realizar un procedimiento de esterilización a una paciente con VIH sin su consentimiento informado es discriminatorio por motivos de sexo, género y estado serológico respecto al VIH, lo que viola el artículo 27 dela Constitución. El Tribunal también sostuvo que los proveedores de atención sanitaria tienen el deber de obtener el consentimiento informado para los procedimientos médicos, excepto en casos de emergencia, y que el consentimiento no puede transferirse de un centro sanitario a otro. Al fallar así, el Tribunal consideró que dos profesionales de la salud habían violado los derechos constitucionales de la demandante en este caso, una mujer joven con diagnóstico de VIH positivo, al no informarla ni obtener su consentimiento antes de que se sometiera a una ligadura de trompas bilateral que la dejó permanentemente incapacitada para tener hijos.


