Summary
Asghar Leghari, agricultor y abogado, demandó al gobierno de Pakistán por su inacción frente al cambio climático, denunciando que tal falta de acción, “retraso y falta de seriedad” violaban los derechos fundamentales a la vida previstos por la Constitución, dado que el cambio climático representaba una amenaza seria para la seguridad del agua, la alimentación y la energía de Pakistán. Además, Leghari argumentó que los “efectos del cambio climático se pueden abordar mediante medidas de mitigación y adaptación”.
La demandada sostuvo que el cuestionamiento constitucional no era válido, teniendo en cuenta que Pakistán había implementado medidas de adaptación. Sin embargo, el tribunal rechazó estos argumentos, concluyendo que la demandada “no pudo demostrar satisfactoriamente que las medidas de adaptación según se indican en el Marco de Implementación de la Política del Cambio Climático de Pakistán estuvieran seriamente en pie”. En cambio, el tribunal sostuvo que el Marco era un documento en desarrollo, sujeto a cambios, dado que Pakistán continúa profundizando su análisis de la magnitud del efecto del cambio climático sobre el país.
Destacó la naturaleza precaria de Pakistán respecto del cambio climático y sostuvo que el dicho cambio representa un “desafío decisivo de nuestro tiempo”. También reconoció que Pakistán, en particular, enfrenta sus efectos a través de “fuertes inundaciones y sequías” que desestabilizan la seguridad del agua y los alimentos.
El tribunal vio potencial en los derechos fundamentales previstos por la Constitución para proteger al pueblo de Pakistán contra los estragos del cambio climático, señalando que el “medio ambiente y su protección se han ubicado en el centro del sistema de derechos constitucionales”.
Asimismo, el tribunal concluyó que la Constitución debía ser interpretada o “formada” para “satisfacer las necesidades del cambio climático” como un fenómeno “urgente y abrumador”. El tribunal encontró la “caja de herramientas” para enfrentarlo interpretando el derecho a la vida, el derecho a la dignidad humana, el derecho a la propiedad y el derecho a la información bajo la Constitución de Pakistán junto con los valores constitucionales de la justicia política, económica y social.
Considerando el peso que los derechos fundamentales le otorgan a la protección ambiental, el tribunal concluyó que el “letargo y retraso” del gobierno de Pakistán para abordar el cambio climático violaba la Constitución.