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Miércoles, Febrero 5, 2025
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Nature of the Case

La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sostuvo que la República Unida de Tanzania violó los derechos humanos de las personas con albinismo (“PCA”), protegidos por la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (“la Carta”), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño (“Carta del Niño”). La Corte ordenó tanto medidas compensatorias como medidas cautelares, incluidas, entre otras, la creación de un fondo de diez millones de chelines tanzanos, la reunificación de niños con albinismo con sus familias, la plena realización de los derechos a la salud y a la educación de los niños con albinismo, y una campaña educativa para contrarrestar los mitos sobre las PCA dentro del territorio de Tanzania.

Enforcement of the Decision and Outcomes

La eficacia de la decisión de la Corte, incluso como tribunal africano de máxima jerarquía, se ve socavada por la resistencia a nivel estatal. El 75 % de los Estados africanos no cumple con sus decisiones. Tanzania es uno de los muchos países africanos —entre ellos Ruanda, Costa de Marfil y Benín— que retiraron el permiso para que tanto individuos como ONG accedan a la Corte. Esto “podría considerarse como un obstáculo para el desarrollo de la autoridad de la Corte”. Además, Tanzania tiene un historial de ignorar ciertos aspectos de las decisiones mientras implementa otros. Queda por verse el nivel de cumplimiento que Tanzania está dispuesta a asumir en los meses posteriores a la decisión de la Corte.

Significance of the Case

En 2015, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos designó a un Experto Independiente para documentar las violaciones de derechos humanos sufridas por las personas con albinismo. Este nombramiento dio lugar a un mandato en virtud del cual los países con altas proporciones de PCA debían realizar esfuerzos afirmativos para proteger sus derechos. Esto fue particularmente relevante en el África subsahariana, donde 1 de cada 4.000 personas tiene albinismo. Las conclusiones del informe se mencionan a lo largo de la opinión de la Corte, y el Experto Independiente recientemente elaboró una actualización del informe con motivo de su décimo aniversario.

Tanzania tiene ahora la obligación afirmativa de utilizar el máximo de los recursos disponibles para hacer efectivos los derechos de las PCA en materia de salud y educación, y debe aportar pruebas de que lo ha hecho. Tal como lo describió el Experto Independiente, quien presentó su propio escrito amicus curiae en el caso, la opinión constituye “una decisión sólida en materia de reparaciones”. Otros expertos señalaron que se trata “sin duda de una sentencia histórica” y que “establece un precedente importante”, ya que es el primer caso resuelto por la Corte relativo a los derechos de las personas con albinismo. Dado que se han producido más de 700 ataques contra PCA en 28 países y que existe un amplio mercado negro de partes del cuerpo de PCA en África, este caso establece una base según la cual los Estados serán responsables por no combatir eficazmente tales acciones dentro de sus fronteras.

Gran parte de la opinión también hace referencia a varios informes de las Naciones Unidas elaborados a lo largo de la última década. La ONU ha llevado a cabo diversas misiones de investigación en Tanzania y otros países del África subsahariana, que ayudaron a fundamentar la toma de decisiones de la Corte. Las conclusiones de la Corte refuerzan los esfuerzos de la ONU para combatir la discriminación contra las PCA y mitigar sus efectos, y pueden alentar a los Estados miembros de la ONU a aceptar nuevas misiones de investigación para evaluar el cumplimiento de la normativa internacional.

Agradecemos especialmente los aportes del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.