Aplicación de la decisión y resultados
Rusia le pagó a Y.I. la compensación otorgada. Sin embargo, los tribunales rusos se negaron a reconsiderar sus decisiones anteriores y a restituir los derechos parentales a Y.I., a pesar del hecho de que uno de los menores todavía no ha sido adoptado y vive con una familia de acogida.
El Comité de Ministros del Consejo de Europa, en su Recomendación Nro. R (2000) 2 invitó a los Estados miembro a garantizar que se logren posibilidades adecuadas de restitutio ad integrume, incluyendo la reexaminación de casos. Se destacó la importancia de volver a abrir procedimientos cuando las consecuencias de violaciones graves de la Convención no puedan ser remediadas solo mediante la justa satisfacción y cuando se determine que una decisión tribunal respectiva violó la Convención.
En Rusia existe tal mecanismo legal. Con arreglo al artículo 392, p. 1 y 4, del Código de Procedimiento Civil de la Federación Rusa, las sentencias finales de tribunales nacionales pueden ser revisadas conforme a decisiones del TEDH que afirmen que ha habido una violación de la Convención respecto de los procedimientos de tal caso.
En abril de 2020, Y.I. solicitó que se reconsidere el caso ante el Tribunal de Distrito de Golovinsky, en Moscú. Este tribunal se negó a reconsiderar el caso. Según el Tribunal de Distrito, la decisión del TEDH no refutaba los hechos que constituían los fundamentos de la privación de los derechos parentales, por lo que la sentencia no debía ser revisada. Y.I. apeló frente al Tribunal de Primera Instancia de Moscú en octubre de 2020. El caso todavía está pendiente. En febrero de 2021, Y.I. informó al Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la decisión del Tribunal de Distrito de Golovinsky.