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Naturaleza del caso

Este caso fue iniciado por varias víctimas de Corea sobrevivientes de las “mujeres de solaz” del ejército japonés durante la Primera Guerra Mundial, ante el Tribunal de Distrito Central de Seúl, como foro de último recurso, en diciembre de 2016. El Tribunal Superior halló a Japón responsable de actos delictivos de esclavitud sexual militar y le ordenó compensar al grupo de 16 mujeres, rechazando el fallo del Tribunal de Distrito Central de Seúl que sostenía que Japón poseía inmunidad soberana.

Aplicación de la decisión y resultados

En el Tribunal Superior y en Corea del Sur se considera que se trata de una decisión definitiva para las víctimas sobrevivientes. Todos los recursos deben presentarse en el plazo de dos semanas tras la sentencia escrita del tribunal, que está fechada el 8 de diciembre de 2023. La ministra japonesa de Asuntos Exteriores, Yoko Kamikawa, declaró que no tenían intención de recurrir la sentencia judicial porque “Japón no está sujeto a la jurisdicción de Corea del Sur según el derecho internacional”. A la fecha de este informe aún no hay indicios sobre si el Estado de Japón acatará o no la orden del tribunal de pagar tanto la cantidad reclamada por las demandantes como los daños por demora.

Relevancia del caso

Esta sentencia representa una importante victoria para las víctimas de la esclavitud sexual en tiempos de guerra y confirma la responsabilidad legal del Estado de Japón en relación con las normas vinculantes del derecho internacional. Este caso es la segunda decisión de este tipo, la primera fue del Tribunal del Distrito Central de Seúl en enero de 2021, donde se reconoció la responsabilidad civil de Japón en una demanda presentada por otro grupo de víctimas sobrevivientes del sistema de mujeres de solaz.

El singular análisis que hizo el tribunal tanto del derecho internacional público como del derecho interno presenta una hoja de ruta para los defensores que trabajan en espacios similares en todo el mundo, ya sea para víctimas de violencia sexual en tiempos de guerra o de otros crímenes de lesa humanidad. En particular, la conclusión del tribunal de que la inmunidad soberana no era aplicable en este caso podría ser utilizada por otros grupos de víctimas que buscan reparaciones y disculpas de los agentes estatales.

Agradecemos especialmente las aportaciones del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.

Grupos involucrados en el caso

The Korean Council for Justice and Remembrance for the Issues of Military Sexual Slavery by Japan, info@womenandwar.net.

MINBYUN – Lawyers for a Democratic Society, admin@minbyun.or.kr.