Tres rutas para pasar del reconocimiento jurídico a la acción
Desde el litigio estratégico, Luisa Gómez Betancur, abogada sénior del Center for International Environmental Law, propone traducir las opiniones consultivas en líneas temáticas y de acción que las naciones indígenas puedan integrar en estrategias de exigibilidad de derechos. El desafío no es solo analizar estas opiniones, es implementarlas. En ese sentido, Gómez identifica tres puntos de entrada clave que nos dan las opiniones consultivas.
Posicionar el conocimiento indígena como mejor ciencia disponible
El conocimiento indígena debe ser reconocido como evidencia judicial, tal como lo es el conocimiento científico occidental. “Nuestra tarea es lograr que el conocimiento tradicional, local e indígena sea reconocido como la mejor ciencia disponible en los litigios y la gobernanza climática”, afirmó Gómez. Esto requiere, por ejemplo, su integración efectiva en herramientas como los estudios de impacto ambiental, permitiendo un escrutinio más riguroso de proyectos extractivos y decisiones estatales.
Promover la protección a los derechos de la naturaleza en múltiples jurisdicciones
Gómez subraya que la opinión consultiva de la Corte Interamericana es aplicable a más de 30 Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, incluido Estados Unidos, lo que amplía significativamente su alcance jurídico. En este contexto, los derechos de la naturaleza, reconocidos por esta Corte, dejan de estar limitados a marcos constitucionales específicos y se convierten en argumentos exigibles en todo el sistema interamericano, abriendo nuevas rutas de incidencia en jurisdicciones donde estos estándares no existían.
Impulsar el derecho a la autodeterminación
La opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia advierte que el aumento del nivel del mar genera el desplazamiento forzado de poblaciones así como la afectación a la integridad territorial de los Estados y su soberanía sobre sus recursos naturales, lo que puede suponer consecuencias para el ejercicio del derecho a la autodeterminación. Esta valoración de la Corte es un punto de entrada estratégico para el litigio climático. No se trata de un derecho nuevo. Está consagrado en múltiples tratados ratificados por los Estados. El desafío es hacerlo operativo en los tribunales y procesos legales en el contexto de la crisis climática, fortaleciendo la defensa del territorio y la autonomía política de los pueblos indígenas.
Gómez cerró con una advertencia clave:
El litigio por sí solo no es suficiente. Es una parte de un conjunto más amplio de estrategias y tácticas para exigir justicia climática. Debe ir acompañado de campañas sólidas, incidencia y narrativas que movilicen”.
Una conversación que necesita más interlocutores
Los diálogos impulsados en el Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas no son aislados. Forman parte de procesos de articulación impulsados por organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales para convertir estos estándares internacionales en herramientas concretas de defensa territorial.
En este proceso, organizaciones como el Center for International Environmental Law y Land is Life están trabajando para que más pueblos indígenas conozcan estas opiniones consultivas y las integren en sus estrategias de documentación, incidencia y reclamación de derechos.
El desafío no es únicamente jurídico, es político: garantizar que estas herramientas se utilicen para exigir rendición de cuentas y frenar decisiones que continúan poniendo en riesgo los territorios indígenas. En este escenario, redes como la Red-DESC desempeñan un papel clave al fortalecer la articulación entre comunidades, estrategias legales y la acción colectiva.